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FILOSOFÍA POLÍTICA Y DERECHO: EL CONTRATO SOCIAL DE ROSSEAU. El contrato social fue un libro escrito por Jean-Jacques Rousseau en 1762, durante la Ilustración (llamado "siglo de las luces"). Es un ensayo sobre filosofía política y habla principalmente sobre la libertad e igualdad de los hombres, en él se plantea la teoría del contrato social.

El contrato social

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Para otros usos de este término, véase Contrato social.
El Contrato Social, 1762

El contrato social fue un libro escrito por Jean-Jacques Rousseau en 1762, durante la Ilustración (llamado "siglo de las luces"). Es un ensayo sobre filosofía política y habla principalmente sobre la libertad e igualdad de los hombres, en él se plantea la teoría del contrato social.

Se dice que este libro fue uno de los muchos incitadores de la Revolución francesa por sus ideas políticas. Bajo la teoría del contrato social se fundamenta buena parte de la filosofía liberal en especial del liberalismo clásico por su visión filosófica del individuo como ente de origen aislado o previamente atomizado que luego decide vivir en sociedad por lo que necesita del Estado de Derecho que asegure las libertades para poder convivir. Así también se dice que en este libro se exponen lo que en el futuro serían los principios de la filosofía política socialista, en parte por el concepto de la voluntad general.

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La obra tiene cuatro libros pero en realidad es un proyecto inacabado, el autor no se veía con fuerzas suficientes para emprender la dificultosa tarea del estudio de los asuntos políticos. A continuación, realizaremos un bosquejo de los temas tratados en cada libro:

Libro primero [editar]

Rousseau parte de la tesis que supone que todos los hombres nacen libres e iguales por naturaleza. Nos habla del estado originario del hombre (que había desarrollado con amplitud en el Discurso sobre el origen y los fundamentos de la desigualdad entre los hombres), afirma que la familia “es el primer modelo de sociedad política” (pág. 5 -el número de página corresponde a la edición del Contrato de María José Villaverde de la editorial Tecnos, en su tercera edición, aparecida el año 1995). Rousseau argumenta contra el derecho del más fuerte: “Convengamos, pues, en que la fuerza no constituye derecho, y que únicamente se está obligado a obedecer a los poderes legítimos” (pág. 8). El fundamento único de toda autoridad legítima serán las convenciones. Tras una breve referencia a la guerra y la esclavitud, el ginebrino presentará su idea acerca del pacto social, que formula en los siguientes términos: “Cada uno de nosotros pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de la voluntad general, recibiendo a cada miembro como parte indivisible del todo” (pág. 15).

Rousseau distingue tres tipos de libertades: la libertad natural, que es la que se pierde tras el contrato, la libertad civil que está limitada por la voluntad general y la libertad moral, “que es la única que convierte al hombre en amo de sí mismo” (pág. 20). El pacto social convierte en iguales a los hombres por convención y derecho.

Libro segundo [editar]

Esta parte de la obra se ocupa sobre todo del concepto de “voluntad general” (volonté générale). Al ejercicio de esta voluntad lo llama Rousseau “soberanía", destacando su inalienabilidad e indivisibilidad. También analiza las nociones de “ley”, que no sería otra cosa que un acto de la voluntad general, es decir, donde el "pueblo" sería el "legislador". Rousseau hace que sea imprescindible la figura del legislador representante, que es “un hombre extraordinario" en el Estado.

Rousseau hace un poco de aritmética política, al establecer ciertas proporciones entre el número de habitantes, la extensión de los países... El objetivo de todo pueblo es conseguir abundancia y paz. Cree que el lugar más apto para construir un Estado perfecto es la isla de Córcega. Rousseau coincide con Aristóteles en la necesidad de una clase media, aunque en el ginebrino hay una mayor tendencia a una homogeneización. Piensa que la libertad subsiste gracias a la igualdad: “Es precisamente porque la fuerza de las cosas tiende siempre a destruir la igualdad, por lo que la fuerza de la legislación debe siempre tender a mantenerla” (pág 52).

Al final de este Libro Segundo, Rousseau distingue tres clases de leyes: políticas, civiles y criminales. También habla de una cuarta clase de leyes: los hábitos o costumbres, de las que se ocuparía en secreto “el gran Legislador”. Rousseau elude el tema mentado y dice ceñirse a las leyes políticas.

Libro tercero [editar]

Este libro es el más extenso, y se ocupa fundamentalmente del gobierno y de sus formas. El gobierno es “un cuerpo intermedio establecido entre los súbditos y el soberano para su mutua correspondencia, encargado de la ejecución de las leyes y del mantenimiento de la libertad, tanto civil como política” (pág 56). El gobierno no es otra cosa que el ejercicio legítimo del poder ejecutivo. El poder legislativo, por su parte, siempre pertenece al pueblo y sólo puede pertenecer a él. Rousseau sigue desarrollando su particular aritmética política:

“cuanto más crece el Estado, más disminuye la libertad” (pág 58)

“el gobierno, para ser bueno, debe ser relativamente más fuerte a medida que el pueblo es más numeroso” (pág 58)

“cuanto más numerosos son los magistrados, más débil es el gobierno” (pág 61)

“la resolución de los asuntos se vuelve más lenta a medida que se encarga de ellos mayor número de personas” (pág 63)

“la relación de los magistrados con el gobierno debe ser inversa a la relación de los súbditos con el soberano” (pág 63).

Este afán calculador lo lleva hasta tales extremos que afirma unas páginas después que “un español viviría ocho días con la comida de un alemán” (pág 80). Rousseau considera que la forma de gobierno más adecuada a un país depende del número de habitantes y de su extensión. De este modo, “el gobierno democrático conviene a los pequeños Estados, el aristocrático a los medianos y la monarquía a los grandes” (pág 65). Rousseau opina que la democracia es una forma tan perfecta de gobierno que no se da nunca en su forma pura; los dioses se gobiernan democráticamente, “pero un gobierno tan perfecto no es propio de hombres” (pág 67).

Rousseau ataca al lujo como obstáculo para la construcción de esa república democrática ideal, que además requiere ser una Ciudad-Estado de ciudadanos virtuosos. Todo este libro está atravesado por la misma estructura de la Política aristotélica (aunque los análisis del ginebrino son más áridos y menos fundamentados históricamente que los del Estagirita). También tiene como fuente a Montesquieu al dar importancia al clima en el carácter (Herder) de los pueblos: “el despotismo conviene a los países cálidos, la barbarie a los fríos y la civilización a las regiones intermedias”(pág 79). Otra relación establecida por Rousseau le lleva a afirmar que la opulencia corresponde a las monarquías, la riqueza y extensión medias a las aristocracias, y la pobreza y pequeñez de territorio a las democracias.

Tras dar las características de un buen gobierno (cuyo mejor criterio es la multiplicación de sus miembros) y arremeter contra las letras y las artes que traen la decadencia a los pueblos, el ginebrino plantea su propia teoría de las revoluciones, también más imperfecta y menos acabada que la de Aristóteles. Rousseau afirma tajantemente: “si queremos una institución duradera, no pensemos en hacerla eterna”(pág 87). También es tajante al afirmar el carácter de fenómeno exclusivamente cultural de la política: la constitución del Estado es obra del arte.

Al final nos habla de la corrupción que supone para el Estado la aparición de representantes, y nos da algunas indicaciones sobre su concepto de “asamblea”.

Libro cuarto [editar]

Este último libro comienza hablando de la bondad y rectitud de los hombres sencillos. Éstos necesitan pocas leyes; Rousseau se siente emocionado “cuando se ve en la nación más feliz del mundo a grupos de campesinos resolver los asuntos del Estado bajo una encina y conducirse siempre con acierto” (pág 103).Vuelve a insistir en la noción de voluntad general, “la voluntad constante de todos los miembros del Estado” (pág 107).

Tras hablar de las elecciones, hace un largo capítulo sobre la historia de Roma y, a continuación, defiende la necesidad de la dictadura como elemento para prevenir y solucionar los momentos de crisis en las repúblicas. También entiende que es necesario la censura, que es la manifestación de la opinión pública. Al final de este capítulo ataca a la religión cristiana, pues es incompatible con la libertad; lo cristiano es opuesto a la república. Rousseau aboga por una profesión de fe completamente civil y propone frente a los dogmas de religión las normas de sociabilidad .

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