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EDUCACIÓN. La educación, (del latín educere "guiar, conducir" o educare "formar, instruir").

Educación

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Niños en un parvulario de Afganistán.

La educación, (del latín educere "guiar, conducir" o educare "formar, instruir") puede definirse como:

  • El proceso multidireccional mediante el cual se transmiten conocimientos, valores, costumbres y formas de actuar. La educación no sólo se produce a través de la palabra: está presente en todas nuestras acciones, sentimientos y actitudes.
  • El proceso de vinculación y concienciación cultural, moral y conductual. Así, a través de la educación, las nuevas generaciones asimilan y aprenden los conocimientos, normas de conducta, modos de ser y formas de ver el mundo de generaciones anteriores, creando además otros nuevos.
  • Proceso de socialización formal de los individuos de una sociedad.
  • La educación se comparte entre las personas por medio de nuestras ideas, cultura, conocimientos, etc. respetando siempre a los demás. Ésta no siempre se da en el aula.

Existen tres tipos de educación: la formal, la no formal y la informal. La educación formal hace referencia a los ámbitos de las escuelas, institutos, universidades, módulos.. mientras que la no formal se refiere a los cursos, academias, etc. y la educación informal es aquella que abarca la formal y no formal, pues es la educación que se adquiere a lo largo de la vida.

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La educación básica

Preescolar, educación primaria y secundaria es la etapa de formación de los individuos en la que se desarrollan las habilidades del pensamiento y las competencias básicas para favorecer el aprendizaje sistemático y continuo, así como las disposiciones y actitudes que regirán su vida. Lograr que todos los niños, las niñas y adolescentes del país tengan las mismas oportunidades de cursar y concluir con éxito la educación básica y que logren los aprendizajes que se establecen para cada grado y nivel son factores fundamentales para sostener el desarrollo de la nación.

En una educación básica de buena calidad el desarrollo de las competencias básicas y el logro de los aprendizajes de los alumnos son los propósitos centrales, son las metas a las cuales los profesores, la escuela y el sistema dirigen sus esfuerzos.

Permiten valorar los procesos personales de construcción individual de conocimiento por lo que, en esta perspectiva, son poco importantes los aprendizajes basados en el procesamiento superficial de la información y aquellos orientados a la recuperación de información en el corto plazo.

Una de las definiciones más interesantes nos la propone uno de los más grandes pensadores, Aristóteles: "La educación consiste en dirigir los sentimientos de placer y dolor hacia el orden ético."

También se denomina educación al resultado de este proceso, que se materializa en la serie de habilidades, conocimientos, actitudes y valores adquiridos, produciendo cambios de carácter social, intelectual, emocional, etc. en la persona que, dependiendo del grado de concienciación, será para toda su vida o por un periodo determinado, pasando a formar parte del recuerdo en el último de los casos.

La educación obligatoria en el mundo. Los colores oscuros representan más años escolares y los claros, menos años. Si desea ver el mapa en un tamaño cómodo pulse en la imagen. (Fecha: 2007).

El objetivo de la educación es

  • Incentivar el proceso de estructuración del pensamiento, de la imaginación creadora, las formas de expresión personal y de comunicación verbal y gráfica.
  • Favorecer el proceso de maduración de los niños en lo sensorio-motor, la manifestación lúdica y estética, la iniciación deportiva y artística, el crecimiento socio afectivo, y los valores éticos.
  • Estimular hábitos de integración social, de convivencia grupal, de solidaridad y cooperación y de conservación del medio ambiente.
  • Desarrollar la creatividad del individuo.
  • Fortalecer la vinculación entre la institución educativa y la familia.
  • Prevenir y atender las desigualdades físicas, psíquicas y sociales originadas en diferencias de orden biológico, nutricional, familiar y ambiental mediante programas especiales y acciones articuladas con otras instituciones comunitarias.

Concepto de educación

Nivel de alfabetismo

La educación es un proceso de socialización y endoculturación de las personas a través del cual se desarrollan capacidades físicas e intelectuales, habilidades, destrezas, técnicas de estudio y formas de comportamiento ordenadas con un fin social (valores, moderación del diálogo-debate, jerarquía, trabajo en equipo, regulación fisiológica, cuidado de la imagen, etc.).

En muchos países occidentales la educación escolar o reglada es gratuita para todos los estudiantes. Sin embargo, debido a la escasez de escuelas públicas, también existen muchas escuelas privadas y parroquiales.

La función de la educación es ayudar y orientar al educando para conservar y utilizar los valores de la cultura que se le imparte (p.e. la occidental -democrática y cristiana-), fortaleciendo la identidad nacional. La educación abarca muchos ámbitos; como la educación formal, informal y no formal.

Pero el término educación se refiere sobre todo a la influencia ordenada ejercida sobre una persona para formarla y desarrollarla a varios niveles complementarios; en la mayoría de las culturas es la acción ejercida por la generación adulta sobre la joven para transmitir y conservar su existencia colectiva. Es un ingrediente fundamental en la vida del ser humano y la sociedad y se remonta a los orígenes mismos del ser humano. La educación es lo que transmite la cultura, permitiendo su evolución.

En azul podemos observar los países desarrollados (es decir, los que tienen una buena educación). En estos países la educación es gratuita y a los chicos/as se le dan muchas oportunidades de tener un buen presente.

Educación a lo largo de la vida

En algunos países como México la educación se divide en dos o más tipos, éstos a su vez se subdividen en niveles tales como Educación Básica (nivel Preescolar, Nivel Primaria, Nivel Secundaria), Educación Media (Preparatoria) y Educación superior (Licenciatura y posgrado). Las divisiones varían según las políticas educativas de cada país.

Índice de educación

Existen diversos conceptos que intentan analizar el fenómeno educativo, en relación al discurrir temporal en las personas. Así, conceptos como educación permanente, educación continua , Andragogía o educación de adultos tienen aspectos comunes pero también matices importantes que los diferencian y los enriquecen.

Según estudios, los niños de ocho años aprenden mejor premiando su desarrollo y no atienden a los castigos mientras los de doce, al contrario, aprenden más al reaccionar de forma negativa ante sus errores. Los adultos también siguen esta norma general y observan más sus fallos aunque de forma más eficiente.[1]

Esto es porque los adultos aprenden más por convicción e incluso por necesidad ya que pueden requerir los conocimientos para su trabajo, o para alguna actividad en específico por ello es que aprenden más eficientemente de sus errores, y saben perfectamente que el aprendizaje es responsabilidad suya. A diferencia de lo que pasa con los niños y jóvenes, mismos que en muchas ocasiones acuden a la escuela porque sus papás los envían y no tanto por convicción propia o porque tengan la necesidad de ciertos conocimientos. Todo esto lleva a que existan dos corrientes educativas según el tipo de estudiantes, la pedagogía para los niños y jóvenes y la andragogía para los adultos.

Evaluación

La evaluación es un proceso que procura determinar, de la manera más sistemática y objetiva posible, la pertinencia, eficacia, eficiencia e impacto de las actividades formativas a la luz de los objetivos específicos. Constituye una herramienta administrativa de aprendizaje y un proceso organizativo orientado a la acción para mejorar tanto las actividades en marcha, como la planificación, programación y toma de decisiones futuras.

Lo que no debe hacer la evaluación es categorizar. La categorización del conocimiento impide reconocer de manera efectiva el avance en el proceso de enseñanza-aprendizaje, al enmarcar por episodios la capacidad intelectual del aprendiz. Tampoco debe generalizar. Así como todo conocimiento es diferente, todo proceso que conlleva a él es diferente de persona a persona, es decir, todos aprendemos de manera diferente, no debemos generalizar, aunque sí establecer criterios. Tampoco es calificar: asignar a un número no significa conocimiento, entonces, evaluar no es calificar.

La evaluación nos ayuda a medir los conocimientos adquiridos, y nos proporciona información de los avances de los mismos con la finalidad de conocer si se están cumpliendo o no los objetivos propuestos.[2] La evaluación en tecnologías es sistemática y constante no se debe evaluar por el proyecto terminado sino por el esfuerzo realizado y en un mayor concepto las competencias que se adquieren según el plan de estudios 2006 de secundariaEn tecnologías es recomedable emplear la lista de comprobación, esta es una lista escrita de criterios de desempeño, puede utilizarse unas veces para diacnosticar los puntos fuerte y débiles, así como los camb ios de desempeño, esta lista no permite registrar los matices del desempeño. Con una lista de comprobación puede resumirse el desempeño estableciendo criterios de calificación o calculando el porcenaje de los criterios cumplidos.

La evaluación educativa es un proceso sistemático y dirigido, en el cual intervienen una serie de elementos, por ejemplo: un ensayo o práctica en la formación profesional, una representación teatral en una escuela, un proyecto integrador, una prueba de ensayo en el aprendizaje informático, etc.
Estos elementos nos permiten determinar si un sujeto ha alcanzado todos los objetivos planteados, propiciando con ello un cambio en su actitud de una manera significativa.

En la actualidad, los mejores sistemas de enseñanza están al servicio de la educación, y por consiguiente, deja de ser un objetivo central de los programas educativos la simple transmisión de información y conocimientos.

También se podría decir que existe en algunos la necesidad de capacitar al alumnado en el autoaprendizaje, como proceso de desarrollo personal. Cada alumno es un ser único, lo que muestra un elemento clave dentro del proceso de la evaluación: no evaluar nada más por evaluar, sino para mejorar el aprendizaje y para la organización de las tareas, entre otros aspectos metodológicos. Bajo la perspectiva educativa, la evaluación debe adquirir una nueva dimensión, y de esa manera darle un sentido de pertinencia a la enseñanza-aprendizaje.

La evaluación puede conceptualizarse como un proceso dinámico, continuo y sistemático, enfocado hacia los cambios de las conductas y rendimientos, mediante el cual verificamos los logros adquiridos en función de los objetivos propuestos. Y es éste para el docente el perfeccionamiento de su razón de ser.

Definición alternativa de evaluación

La evaluación es la medición del proceso de enseñanza/aprendizaje que contribuye a su mejora. Desde este punto de vista, la evaluación nunca termina, ya que debemos de estar analizando cada actividad que se realiza.

Se puede mencionar también que la evaluación es un proceso que busca indagar el aprendizaje significativo que se adquiere ante la exposición de un conjunto de objetivos previamente planeados, para los cuales institucionalmente es importante observar que los conocimientos demuestren que el proceso de enseñanza y aprendizaje tuvo lugar en el individuo que ha sido expuesto a esos objetivos. En este sentido estoy hablando de la evaluación académica, en donde lo que importa es verificar y/u observar a través de diversos instrumentos cualitativos o cuantitativos, que el alumno ha adquirido nuevas habilidades, destrezas, capacidades, métodos y técnicas, así como también la "calidad educativa" de su instrucción, que le permitan tener un buen desempeño para el bien de su comunidad, beneficio personal, rendimiento laboral y disciplina.

Existen diferentes tipos de clasificación que se pueden aplicar a la evaluación, pero atendiendo a los diferentes momentos en que se presentan podemos mencionar:

  • Evaluación inicial que tiene como objetivo indagar en un alumno el tipo de formación que posee para ingresar a un nivel educativo superior al cual se encuentra. Para realizar dicha evaluación el maestro debe conocer a detalle al alumno, para adecuar la actividad, elaborar el diseño pedagógico e incluso estimar el nivel de dificultad que se propondrá en ella.
  • Evaluación formativa es la que tiene como propósito verificar que el proceso de enseñanza-aprendizaje tuvo lugar, antes de que se presente la evaluación sumativa. Tiene un aspecto connotativo de proalimentación activa. Al trabajar dicha evaluación el maestro tiene la posibilidad de rectificar el proyecto implementado en el aula durante su puesta en práctica.
  • Evaluación sumativa es la que se aplica al concluir un cierto periodo de tiempo o al terminar algún tipo de unidad temática. Tiene la característica de ser medible, dado que se le asigna a cada alumno que ostenta este tipo de evaluación un número en una determinada escala, el cual supuestamente refleja el aprendizaje que se ha adquirido; sin embargo, en la mayoría de los centros y sistemas educativos este número asignado no deja de ser subjetivo, ya que no se demuestra si en realidad el conocimiento aprendido puede vincularse con el ámbito social. Esta evaluación permite valorar no solo al alumno, sino también el proyecto educativo que se ha llevado a efecto.
  • Goleman, Daniel (Diciembre de 1999). «capítulo 3», Título en español: Inteligencia Emocional, trigésimo séptima edición edición, Editorial Kairós, pp. 59-79. ISBN 84-7245-371-5.

La educación que se imaparte en México es considerada como laica y gratuita, y todos los niños tienen derecho a recibirla, esto está reglamentado en la Constitución Política de lo Estados Unidos Mexicanos. En el artículo 3ro. Constitucional, también menciona que ésta debe ser obligatoria. Actualmente la educación preescolar ya forma parte de esa obligatoriedad.

Referencias

Bibliografía

  • Proceso del aprendizaje y cognición
  • La educación encierra un tesoro (Jacques Delors)
  • Los siete pilares de la educación (Edgar Morín)
  • Democracia y educación (John Dewey)
  • Diez miradas sobre la escuela primaria (Flavia Terigi)

Enlaces externos

TEMAS COTIDIANOS: HOBBIES. PARA PASAR EL TIEMPO.

El término hobby -hobbies, en plural- hace referencia a aquellas actividades de entretenimiento que abordamos con pasión y satisfacción personal cada vez que tenemos tiempo libre. Hay más de cuatrocientos, ¿cuál es el tuyo?

La mayoría de nosotros desarrollamos o potenciamos alguna actividad como pasatiempo –hobby–. A menudo, escogemos aquellas que son reflejo de nuestras motivaciones, talentos o dones; por este motivo, es fundamental procurar sacar tiempo para realizarnos y alimentar esas pasiones.
Hacer deporte, escribir poemas, leer, pescar, ver películas, cocinar, navegar, componer canciones, coleccionar –sellos, relojes, cómics, monedas, muñecas, objetos antiguos…–, nadar, cazar, montar puzzles, viajar, dibujar, la jardinería, el modelismo, la fotografía, etcétera. Toda actividad es susceptible de convertirse en tu hobby; incluso es frecuente que cambiemos de pasatiempo con el paso de los años, ya que nuestras motivaciones pueden variar.
Existen alrededor de 400 hobbies tipificados. Muchos de ellos, los relacionados con el coleccionismo, se consideran no creativos: se orientan hacia el conocimiento y ejercitan la memoria. Por otro lado, están los que permiten el uso discrecional de la creatividad, donde es muy importante el interés personal y son aquellos donde el producto final es una creación propia: carpintería, fotografía, bricolaje, pintura, costura, bordado y escultura, entre otros.

HOBBIES INDIVIDUALES O COLECTIVOS
Para enriquecer nuestro hobby es interesante compartirlo con otras personas con idénticas afinidades para intercambiar ideas o materiales. Esta interrelación nos puede mostrar otros puntos de vista y aportar nuevas ideas que renueven nuestra curiosidad. Las características de cada hobby hacen que estos intercambios sean más factibles en unos casos que en otros. Y como casi todo, es cuestión de gustos. Hay quienes prefieren pasar sus ratos de entretenimiento en solitario, sin mostrar sus creaciones; y hay quienes prefieren compartir estos ratos con otras personas, realizando actividades en grupo.

 

Es importante inculcar en los hijos el valor de los pasatiempos, pero sin que estos prevalezcan sobre sus actividades escolares

VALORARLOS DURANTE LA INFANCIA

Es importante educar e inculcar en nuestros hijos el valor de los pasatiempos. Les ayudarán a realizarse como personas desempeñando aquello que más les satisfaga y serán un gran complemento de su educación. En ocasiones, puede que vuestro hijo no despunte en los estudios y sí lo haga en otras actividades para las que parece tener un don especial. Procurad fomentar esos hobbies que pueden daros alguna pista sobre cuáles pueden ser sus inquietudes profesionales el día de mañana.
Conviene que el hobby no prevalezca sobre la educación de vuestro hijo. Él debe comprender que es una actividad que puede desempeñar exclusivamente en sus ratos libres y que no tiene que poner por encima de su formación académica. Las actividades extraescolares son un buen canal para descubrir qué pasatiempo fomenta y alienta los talentos y dones del niño.

FILOSOFÍA POLÍTICA Y DERECHO6: DERECHO PROCESAL. El derecho procesal es la rama del Derecho que tiene por objeto regular la organización y atribuciones de los tribunales de justicia y la actuación de las distintas personas que intervienen en los procesos judiciales. El derecho procesal es el derecho de las formalidades que se deben cumplir frente a los tribunales de justicia, a contrario sensu, el resto del derecho se refiere a la cuestión de fondo del conflicto llevado al debate.

Derecho procesal

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El derecho procesal es la rama del Derecho que tiene por objeto regular la organización y atribuciones de los tribunales de justicia y la actuación de las distintas personas que intervienen en los procesos judiciales. El derecho procesal es el derecho de las formalidades que se deben cumplir frente a los tribunales de justicia, a contrario sensu, el resto del derecho se refiere a la cuestión de fondo del conflicto llevado al debate.

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Definiciones de las doctrinarias de derecho procesal [editar]

  • Devis Echandía menciona:[1] “El derecho procesal puede definirse como la rama del derecho que estudia el conjunto de normas y principios que regulan la función jurisdiccional del Estado en todos sus aspectos y que por tanto fijan el procedimiento que se ha de seguir para obtener la actuación del derecho positivo en los casos concretos, y que determinan las personas que deben someterse a la jurisdicción del Estado y los funcionarios encargados de ejercerla”.
  • José María Asencio Mellado considera[2] que: “El derecho procesal es un conjunto de normas jurídicas, parte integrante del ordenamiento estatal que se caracteriza por servir para la aplicación del derecho objetivo por los órganos jurisdiccionales al caso concreto.”

Conceptos básicos [editar]

El derecho procesal se estructura en torno a tres conceptos básicos: la jurisdicción, la acción y el proceso.

  • La jurisdicción es la función que tienen los tribunales de justicia de conocer, sentenciar y ejecutar lo sentenciado en los conflictos que sean sometidos a su decisión.
  • La acción es el medio por el cual una persona insta a la jurisdicción que se pronuncie sobre un asunto y otorgue efectiva y justa tutela jurisdiccional. La acción compete al derecho que tiene el ciudadano de pedir tutela jurídica ante el Estado.
  • El proceso es el conjunto de actuaciones judiciales que tienen como objeto la efectiva y justa realización del derecho material.

Fuentes del derecho procesal [editar]

La única fuente del Derecho Procesal viene constituida por los actos legislativos emanados de las Cortes generales, esto es, la Constitución y las normas con rango de Ley.

Características [editar]

El derecho procesal se considera una rama de derecho público, formal, instrumental y autónoma.

  • De derecho público: pues regula la organización y competencia de los tribunales, regulando un órgano del estado.
  • Formal: pues regula la forma de la actividad jurisdiccional del Estado; es decir, cumplimiento de ciertos requisitos o formalidades para que sea procedente una cualquiera actuación judicial. Todo esto constituye el Debido Proceso
  • Instrumental: el derecho procesal no es un fin en sí mismo, sino que sirve como medio o instrumento para hacer valer el derecho sustantivo. Permite satisfacer las pretensiones procesales.
  • Autónoma: pues no está subordinado a ninguna área del Derecho (civil, mercantil, etc.). La única excepción podría ser el Derecho constitucional. Consiste en el deslinde del derecho procesal con respecto al sustantivo.

Ramas del derecho procesal [editar]

Existen varias ramas distintas del derecho procesal. Sin embargo, existen dos divisiones importantísimas:

En los últimos tiempos la importancia del derecho mercantil y del derecho de empresa, y la autonomía que han tomado los procesos en los que se aplica este tipo de derecho (en particular el Concurso de acreedores o la Quiebra) ha hecho que comience a postularse la existencia de un auténtico derecho procesal Mercantil o derecho procesal Concursal.

  • Por el objeto de la disciplina:
    • Derecho procesal orgánico: esta rama estudia la organización y atribuciones de los tribunales de justicia, y el estatuto de quienes conforman éstos.
    • Derecho procesal funcional: esta rama estudia los procedimientos y las actuaciones que integran éstos.

Derecho procesal orgánico (estática procesal) [editar]

Se refiere a los órganos que componen la administración de justicia, su relación entre sí y con los órganos de gobierno. El derecho procesal dícese de la rama que tiene como objetivo ver los procesos jurídicos tanto así como iguales en sí mismos.

Derecho procesal funcional (dinámica procesal) [editar]

Se refiere a la forma en cómo las partes y los organismos impartidores de justicia funcionan, los procedimientos a realizarse en los juicios y los recursos o acciones establecidas para ello. Esto es, la conducta que deben observar tanto las partes como el órgano (poder jurisdiccional) en la tramitación de los asuntos sometidos al conocimiento y decisión de éstos.

Las normas del derecho procesal funcional en cuanto a su naturaleza son de orden público, de ius cogens, y en cuanto tales deben ser aplicadas forzosamente. Ahora bien, esto no debe confundirse con el carácter de las normas aplicables al fondo del asunto que se está juzgando - que pueden ser normas de derecho dispositivo o imperativo -. Si el objeto del proceso está regido por normas de carácter dispositivo, esto se puede manifestar en una serie de instituciones o figuras procesales, en las que las partes ponen fin al proceso (o lo evitan) por ejercer precisamente su poder de disposición sobre el objeto del mismo. Se trata de: Excepcionalmente son normas de índole privado lo que acontece con ciertos derechos que las partes pueden ejercer:

  • Desistimiento de la demanda: la parte demandante decide no continuar con la demanda, renunciando a seguir litigando sobre el asunto en el mismo y, eventualmente, en otro procedimiento.
  • Renuncia: La parte demandada decide renunciar a su acción, antes de intentarla.
  • Allanamiento: la parte demandada decide avenirse a las pretensiones del demandante declarándolo así personalmente o por su representante legal o procesal (procurador) con poderes suficientes para ello, si no existen otras partes demandadas y no se lesionan los intereses públicos o de terceros el Juez pone fin al proceso dictando sentencia de conformidad con las pretensiones del actor y condenando al pago de las costas si existió un requerimiento fehaciente previo a la demanda.
  • Transacción: forma de evitar o poner término a un proceso judicial.
  • Avenimiento: forma de poner término al juicio por acuerdo de las partes, sin la intervención del Juez, como en el caso de la conciliación.
  • Conciliación: forma de poner término al juicio, por acuerdo de las partes, dentro de un proceso judicial. En esta, el juez puede haber propuesto bases para el arreglo.
  • Compromiso: las partes designan a un tercero como árbitro para que conozca del asunto. Se trata de un mecanismo privado de resolución de conflictos que está al margen de la jurisdicción.
  • Abandono del procedimiento o caducidad de la instancia: Se produce cuando transcurre cierto tiempo sin que las partes nada hagan en un proceso, esto es, se requiere la inactividad de las partes.
  • Caducidad de la acción: la misma se produce cuando ha transcurrido el tiempo legal marcado en los códigos de fondo para las determinadas acciones judiciales a entablar y la misma no se ha iniciado o no se ha suspendido o interrumpido. Por ejemplo, el plazo de caducidad de la acción para reclamar daños y perjuicios es de 2 (dos) años, si durante el transcurso de ese tiempo no se inició la acción judicial o no se efectuaron actos interruptivos o suspensivos (por ej. mediación obligatoria), la acción prescribe no pudiendo reclamar los daños y perjuicios ocasionados.

Referencias [editar]

  1. * Devis Echandía, Hernando (1985). Teoría general del proceso. Editorial Universidad. ISBN 950907277X, 9789509072770.
  2. * Asencio Mellado, José María (1997). Introducción al derecho procesal. Illustrated, pp. 254. ISBN 8480024380, 9788480024389.

Véase también [editar]

FILOSOFÍA POLÍTICA Y DERECHO6: JUICIOS. El juicio es una controversia jurídica y actual entre partes y sometido al conocimiento de un tribunal de justicia.

Juicio

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Para otros usos de este término, véase Juicio (desambiguación).

El juicio es una controversia jurídica y actual entre partes y sometido al conocimiento de un tribunal de justicia.

Esto presupone la existencia de una controversia, es decir, la sustentación de derechos e intereses contradictorios o contrapuestos a lo defendido por la parte contraria, y que la perjudican.

El juicio constituye el contenido material o de fondo del proceso, el cual va a ser resuelto por el órgano jurisdiccional a través de un procedimiento.

Por norma general, el Juez se encargará de discernir cuál de las dos partes se fundamenta con mayor base en el estado de derecho que ampara al país en el cual se ha desarrollado la actividad que ha puesto en conflicto a dos o más personas.

En el ámbito moral, el juicio trata de discernir y resolver un conflicto, siempre tendiendo a propugnar lo bueno y condenar lo malo, desde una postura razonable.

El juicio es el acto mediante el cual comparamos dos conceptos y afirmamos o negamos el uno del otro. Por ejemplo, en el juicio: la nieve es blanca, la mente afirma que la blancura conviene a la nieve.

[editar] Véase también

[editar] Enlaces externos

Wikcionario

FILOSOFÍA POLÍTICA Y DERECHO6: HACIENDA. Se denomina Hacienda Pública, Administración fiscal o Fisco al conjunto de órganos de la administración de un Estado encargados de hacer llegar los recursos económicos a las arcas del mismo, así como a los instrumentos con los que dicho Estado gestiona y recauda los tributos.

Hacienda pública

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Se denomina Hacienda Pública, Administración fiscal o Fisco al conjunto de órganos de la administración de un Estado encargados de hacer llegar los recursos económicos a las arcas del mismo, así como a los instrumentos con los que dicho Estado gestiona y recauda los tributos.

Engloba tanto los ingresos como los gastos, lo cual supone tanto la planificación de los tributos y demás ingresos del estado (precios públicos, loterías, sanciones, etc.), como la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para su aprobación por el órgano correspondiente (Congreso, Parlamento u otro).

La Hacienda Pública depende normalmente del Ministerio de economía y hacienda (aunque esto dependerá de la organización del Gobierno por la que se opte).

Véase también [editar]

FILOSOFÍA POLÍTICA Y DERECHO6: INGRESOS. En general, las personas, las familias, las empresas, etc., buscan aumentar sus ingresos. Si éstos se elevan, su consumo y su ahorro pueden aumentar, llevando, en muchos casos, a un mejor nivel de vida y de bienestar.

Ingreso

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Cuando el ingreso proviene de actividades productivas, se puede clasificar en varios tipos:

  • Ingreso medio: Ingreso que se obtiene, en promedio, por cada unidad de producto vendida; es decir, es el ingreso total dividido en el total de unidades vendidas.
  • Ingreso del producto marginal: Ingreso generado por la utilización de una unidad adicional de algún factor de producción (trabajo, capital), por ejemplo, la utilización de un trabajador más, etc.

En general, las personas, las familias, las empresas, etc., buscan aumentar sus ingresos. Si éstos se elevan, su consumo y su ahorro pueden aumentar, llevando, en muchos casos, a un mejor nivel de vida y de bienestar.

Los Estados también reciben ingresos, llamados ingresos públicos. El Estado recibe ingresos por el cobro de impuestos, por la venta de bienes producidos por empresas públicas, por utilidades que generan éstas mismas, por ventas o alquileres de propiedades, por multas impuestas, por emisión de bonos u obtención de créditos, entre otros. Cuando los ingresos provienen de impuestos se denominan ingresos tributarios, por el contrario, cuando provienen de fuentes distintas a los impuestos se denominan ingresos no tributarios. Con los ingresos, los gobiernos pueden realizar sus gastos, sus inversiones, etc.

Los ingresos también pueden clasificarse en ordinarios y extraordinarios. Los ingresos ordinarios son aquellos que se obtienen de forma habitual y consuetudinaria; por ejemplo el salario de un trabajador que se ocupa en un trabajo estable, o las ventas de una empresa a un cliente que compra periódicamente o de forma habitual. Los ingresos extraordinarios son aquellos que provienen de acontecimientos especiales; por ejemplo un negocio inesperado por parte de una persona o una emisión de bonos por parte de un gobierno.

Véase también [editar]

mis casa es grande bie..

Enlaces externos [editar]

FILOSOFÍA POLÍTICA Y DERECHO6: DERECHO FINANCIERO. El Derecho financiero es una rama del Derecho Público que se ocupa de ordenar los ingresos y los gastos públicos, normalmente previstos en el presupuesto general del Estado.

Derecho financiero

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El Derecho financiero es una rama del Derecho Público que se ocupa de ordenar los ingresos y los gastos públicos, normalmente previstos en el presupuesto general del Estado.

La actividad financiera del Estado genera un conjunto de relaciones jurídicas entre los distintos organos públicos. Esta actividad financiera del Estado genera relaciones jurídicas entre el estado y los particulares, y se da en dos situaciones: la primera en que el Estado asume un papel activo, por ejemplo al cobrar tributos, y un papel pasivo cuando se convierte en deudor en caso de un prestamo.

Objeto [editar]

El Derecho Financiero es una rama del Derecho, que comprende las normas que regulan los ingresos públicos y los gastos públicos.

El concepto de ingreso público comprende los Tributos (impuestos, tasas y contribuciones especiales), los ingresos procedentes de los bienes patrimoniales (como pueden ser los bienes administrativos, bienes del dominio público y patrimoniales), los productos de operaciones de la deuda pública (capitales tomados a préstamo por los entes públicos), y los ingresos que proceden de monopolios fiscales (actualmente lo son la lotería nacional y el tabaco).

El concepto de gasto público comprende básicamente el programa de gastos que se aprueban por ley de año en año (Presupuestos del Estado), y las obligaciones del Estado.

Por su parte, el Derecho tributario es el conjunto de normas que regulan el establecimiento y aplicación de los tributos. Como puede verse, estudia un grupo de ingresos públicos, los tributos, y no se adentra en el campo de las normas reguladoras de los gastos públicos. Su finalidad es buscar el control y eficiencia en la recolección de ingresos a través de la figura jurídica del tributo.

FILOSOFÍA POLÍTICA Y DERECHO6: PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA. El presupuesto de la Unión Europea contiene todos los ingresos y todos los gastos de la UE. Si bien ha ido aumentando a lo largo del tiempo, actualmente su límite está fijado en el 1,27% del PIB de la Unión.

Presupuesto de la Unión Europea

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El presupuesto de la Unión Europea contiene todos los ingresos y todos los gastos de la UE. Si bien ha ido aumentando a lo largo del tiempo, actualmente su límite está fijado en el 1,27% del PIB de la Unión. El presupuesto anual se fija dentro de un marco financiero plurianual previamente establecido para un período no inferior a cinco años (actualmente 7 años). Para el período financiero 2007-2013 se está discutiendo la propuesta de algunos países como Alemania o los Países Bajos de reducirlo al 1% del PIB de la Unión, pero esta propuesta encuentra una fuerte oposición en los 10 países incorporados a la Unión el año 2004 y en países como España, Grecia, Irlanda o Portugal.

Debido a que la Unión Europea tiene un parlamento y una administración distinta e independiente de sus estados miembros, gestiona también de forma independiente los gastos dirigidos a las políticas comunes de la Unión. Para hacer frente a estos gastos, la Unión Europea tiene un presupuesto acordado de 116 mil millones de euros para el año 2007 y un presupuesto de 862.000 millones de euros para el periodo entre 2007 y 2013.[1]

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Marco Financiero [editar]

El marco financiero es un plan de gasto plurianual que transforma en términos financieros las prioridades de la UE y limita el gasto de la Unión durante un periodo de tiempo determinado.

Las principales razones que justifican un marco financiero plurianual son las siguientes:

  • Asegurar una evolución controlada del gasto a lo largo del tiempo.
  • Facilitar la planificación de proyectos y programas multianuales.
  • Asegurar los recursos suficientes para las prioridades de la Unión a medio y largo plazo.
  • Facilitar el proceso de decisión y el acuerdo entre el Consejo y el Parlamento, publicado en la Web del Parlamento Europeo. 12-11-2008 </ref> en la elaboración del presupuesto anual.

Ingresos [editar]

La Unión Europea se nutre de los recursos que le transfieren los estados miembros y que le corresponden por derecho. Es lo que se denomina recursos propios. Los recursos propios de la Unión Europea tienen básicamente cuatro orígenes:

  • Exacciones agrícolas: impuestos sobre las importaciones de productos agrícolas. Suponen entre un 1% y un 2% de los ingresos de la Unión.
  • Derechos de aduanas: arancel común para los productos importados de terceros países. Supone un 10% de los ingresos de la Unión.
  • Cuota sobre el IVA: los estados miembros realizan aportaciones al presupuesto de la Unión por valor de un porcentaje uniforme sobre la base del impuesto sobre el valor añadido (IVA). Supone cerca del 15% de los ingresos de la Unión.
  • Cuota en relación con el PIB: las necesidades financieras restantes para cubrir los presupuestos de la Unión se cubren mediante aportaciones de los estados miembros en función de su Producto Interior Bruto. Supone cerca del 75% de los ingresos de la Unión.

Hay otros recursos, de carácter testimonial, ya que suponen sólo un 1% de los ingresos de la Unión, como son las multas impuestas por la Comisión Europea o el excedente positivo, si hay, del año anterior.

Gastos [editar]

Los gastos de la Unión Europea se dividen en dos grandes bloques:

  • Gastos de funcionamiento: incluye los gastos de funcionamiento de los organismos de la Unión (personal, inmuebles, materiales...). Supone menos del 10% del gasto de la Unión Europea.
  • Gastos de operaciones: incluye los gastos de las diferentes políticas comunitarias. Hay 8 áreas de políticas comunitarias:
    • Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola, Sección Garantía (FEOGA-Garantía). Supone casi la mitad de los gastos de la Unión y la mayor parte de estos fondos están destinados a la Política Agraria Comunitaria.
    • Operaciones estructurales, fondos estructurales y de cohesión: mecanismo financiero, otras operaciones agrícolas y regionales, transportes y pesca. Supone un 34% del gasto de la Unión.
    • Formación, juventud, cultura, sector audiovisual, información, dimensión social y ocupación. Supone cerca del 1% del gasto de la Unión.
    • Energía, control de la seguridad nuclear del Euratom y medio ambiente. Supone menos del 0,5% del gasto de la Unión.
    • Protección de los consumidores, mercado interior, industria y redes transeuropeas. Supone entre un 1% y un 2% del gasto de la Unión.
    • Investigación y desarrollo tecnológico. Supone un 4% del gasto comunitario.
    • Medidas exteriores. Supone un 7% del gasto comunitario.
    • Política exterior y de seguridad común. Supone un 0,1% del gasto comunitario.

Ayudas a la agricultura [editar]

La Unión Europea subvenciona la producción agrícola europea con la finalidad de mejorar su productividad, garantizar el nivel de vida de los trabajadores y asegurar el suministro alimentario a precios razonables a los consumidores.

El estado que más se beneficia es Francia, seguido de España, Alemania e Italia. Ante la entrada en 2004 de nuevos países miembros con elevados porcentajes de población en sector agrícola se decidió que las ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC) se implementaran de manera progresiva y así en 2004 recibieron ayudas equivalentes al 25% del nivel comunitario, en 2005 del 30%, y serán del 35% en 2006, 40% en 2007 y a partir de aquí, un aumento del 10% anual hasta llegar al 100% en 2013.

El Reglamento (CE) nº 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la política agrícola común ha establecido un nuevo marco jurídico único para la financiación de los gastos correspondientes a la política agrícola común. Para ello, se crean dos nuevos fondos, que se inscriben en el presupuesto general de las Comunidades Europeas: el Fondo europeo agrícola de garantía (FEAGA) y el Fondo europeo agrícola para el desarrollo rural (FEADER).

El FEAGA financia, en gestión compartida entre los Estados miembros y la Comisión:

  • las restituciones fijadas por exportación de productos agrícolas a terceros países;
  • las intervenciones destinadas a la regularización de los mercados agrarios;
  • los pagos directos a los agricultores establecidos en el ámbito de la política agrícola común;
  • algunas medidas de información y promoción de los productos agrícolas en el mercado interior de la Comunidad y en los terceros países realizadas por los Estados miembros.

El FEAGA financiará de modo centralizado los gastos siguientes:

  • la participación financiera de la Comunidad en medidas veterinarias específicas, medidas de control veterinario y de los productos destinados a la alimentación humana y animal, programas de erradicación y vigilancia de las enfermedades animales y medidas fitosanitarias;
  • la promoción de productos agrícolas efectuada directamente por la Comisión o por mediación de organizaciones internacionales;
  • las medidas, adoptadas de conformidad con la normativa comunitaria, destinadas a garantizar la conservación, la caracterización, la recogida y la utilización de recursos genéticos en agricultura;
  • la creación y mantenimiento de los sistemas de información contable agraria;
  • los sistemas de investigación agraria.

El FEADER financia, únicamente en gestión compartida, los programas de desarrollo rural ejecutados de conformidad con el Reglamento propuesto por la Comisión

Fondos estructurales [editar]

Los fondos estructurales se pueden dividir en cuatro grandes bloques:

  • Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). Es la partida más importante y se trata de ayudas para la construcción de infraestructuras y otras inversiones adscritas a crear ocupación.
  • Fondo Social Europeo (FSE). Fondo que finanza la formación para la reinserción laboral de parados y otros sectores desfavorecidos.
  • Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA)(Desde 2007, se ha visto sustituido por el Fondo europeo agrícola de garantía (FEAGA) y el Fondo europeo agrícola para el desarrollo rural (FEADER).
    • Financia programas de desarrollo rural y de apoyo a los agricultores de las regiones rurales.
    • Financia las Organizaciones Comunes de Mercado (OCM) que regulan la producción y comercialización de productos agrícolas.
  • Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca (IFOP). Desde 2007 se ha visto sustituido por el Fondo europeo de pesca (FEP). Fondo destinado a financiar la modernización de la flota pesquera y la diversificación económica de las zonas cuya economía depende de esta actividad.

Para discernir qué regiones se pueden beneficiar de estos fondo, existen tres criterios:

  • Objetivo 1: incluye las regiones con un PIB per cápita inferior al 75% de la media comunitaria y se lleva el 70% del fondo estructural.
  • Objetivo 2: destinado en las regiones con dificultades a propuesta de los estados miembros posteriormente revisadas por la Comisión. Deben ser regiones que no sumen más del 18% de la población de la UE y estén sometidas a cambios socioeconómicos importantes o que sean áreas industriales, rurales o pesqueras en declive.
  • Objetivo 3: apoyo a la adaptación y modernización de las políticas de educación, formación y ocupación. Se destina a regiones que no estén incluidas en el objetivo 1.

Fondos de cohesión [editar]

Artículo principal: Fondos de cohesión

Son fondos destinados a aquellos países con un RNB per cápita inferior al 90% de la media comunitaria. En la actualidad los estados miembros beneficiados son Grecia, España, Portugal, Irlanda y los 12 nuevos estados miembros incorporados desde 2004.

Con respecto al Fondo de Cohesión y de acuerdo con la perspectiva financiera de la Unión Europea del periodo 2007-2013, España en principio no tenía derecho a percibir ninguna cantidad, puesto que la renta per cápita española está por encima del 90% de la media de la UE, y, además, las normas vigentes desde la Cumbre de Berlín de 1999 no contemplaban un período transitorio para la retirada gradual de dicho fondo. No obstante, durante la negociación de las "perspectivas financieras" en el Consejo Europeo de diciembre de 2005, se ha aprobó finalmente una compensación por la pérdida de dicho fondo para España, Grecia y Portugal. España percibirá así por el Fondo de Cohesión 3.250 millones de euros durante el período 2007-2013, distribuidos a lo largo de los 7 años que abarca el período de programación.

Referencias [editar]

  1. «EU budget at a glance». Europa, EU information website. Consultado el 06-11-2007.

Enlaces externos [editar]